Aspectos legales de restringir el acceso a la piscina a inquilinos con deudas

Durante los días calurosos del verano, la piscina de una comunidad se convierte en un lugar de descanso y disfrute. Sin embargo, este espacio a menudo es motivo de conflictos, especialmente cuando hay inquilinos que tienen deudas pendientes con el propietario de su vivienda. ¿Qué ocurre en estos casos? Este asunto, que combina aspectos legales y de convivencia, genera controversia. En Finques Ollé te explicamos los puntos clave relacionados con el uso de la piscina comunitaria por parte de los inquilinos.

¿Tiene derecho un inquilino a utilizar la piscina comunitaria?

El acceso a la piscina depende de lo pactado en el contrato de alquiler. Si el propietario ha cedido este derecho al inquilino, este podrá hacer uso de la piscina. De lo contrario, el derecho permanecerá en manos del propietario. Es importante señalar que, en general, ambas partes no pueden usar la piscina al mismo tiempo mientras el contrato de arrendamiento esté vigente.

 

No obstante, si los estatutos de la comunidad lo permiten, es posible que tanto el propietario como el inquilino puedan disfrutar de la piscina, siempre que respeten las normas de uso. En caso de que el inquilino incumpla alguna de estas reglas, la comunidad de propietarios puede exigir responsabilidades al propietario. En situaciones graves, podrían incluso emprender acciones legales.

¿Y si el inquilino está moroso?

El artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal, reformado en 2022, permite que la comunidad de propietarios adopte medidas contra los morosos, como restringir el acceso a ciertas instalaciones comunitarias, incluida la piscina. Según esta ley, siempre que estas restricciones no afecten la habitabilidad de la vivienda, se pueden aplicar.

 

Si al propietario se le prohíbe el uso de la piscina por deudas, esta prohibición también se extiende al inquilino, ya que los derechos de este último están vinculados a los del propietario. Dado que el uso de la piscina no es esencial para la habitabilidad, la restricción es legal.

 

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