Principales novedades de la RENTA 2019

La campaña de la renta para el ejercicio 2019 se puso en marcha el pasado 1 de abril, ya que se mantiene el calendario habitual a pesar del estado de alarma sufrido por el coronavirus.

Una de las novedades principales es que las cifras cambian con respecto a los contribuyentes que están obligados a declarar, que se sitúa en 22.000€. Sin embargo, aquellos que tengan dos pagadores, seguirán el mismo umbral, siempre y cuando el segundo pagador no supere los 1.500€, o si se perciben prestaciones pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones ya han sido fijadas por la Agencia Tributaria. En este caso, el umbral será de 14.000€.

Estas son otras novedades incluidas que se pueden consultar en la Agencia Tributaria:

  • La simplificación de la identificación del domicilio fiscal, que a partir de ahora aparecerá en un apartado diferente y se podrán actualizar los datos.
  • La simplificación de cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas de estimación directa.
  • Límites excluyentes del método de estimación objetiva.
  • Reducción por obtención de rendimientos del trabajo personal hasta 5.575€ anuales con grandes rendimientos netos (hasta 16.825€).
  • Obligaciones contables y registrales para actividades económicas.
  • Novedades en los planes individuales de ahorro sistemático
  • Exención de ganancias patrimoniales en supuestos de reinversión en rentas vitalicias.
  • Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.
  • Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual cuyo contribuyente no sea el autor.

Todos los datos fiscales y el borrador se pueden obtener en la web de la agencia tributaria, donde se podrá consultar, modificar, confirmar y presentar directamente. También se pueden consultar los datos en la app de la agencia tributaria, mediante el registro con cl@ve PIN o con número de referencia, así como por teléfono en el número que figura en la página web.

El plazo para presentar la declaración se extiende desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, ambos inclusive, a la espera que debido a la situación excepcional que estamos viviendo se pudiera prolongar el calendario hasta el mes de septiembre, aunque esto no se ha confirmado de momento.

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