El alquiler siempre ha sido una opción muy ventajosa frente a la compra de una vivienda, además el mes de septiembre es un momento en el que muchas personas se deciden a cambiar de casa, bien animados por un nuevo trabajo o en el caso de los estudiantes, porque tienen que marcharse a otro sitio para continuar sus estudios.
El caso es que tanto los inquilinos como los propietarios muchas veces no conocen la ventaja que supone firmar un contrato de alquiler, ya que este documento implica la regulación del uso de ese inmueble y con ello, se establecen los derechos y obligaciones para ambas partes.
Desde nuestra agencia inmobiliaria Finques Ollé, siempre recomendamos firmar un contrato de alquiler con la ayuda de un profesional para evitar malentendidos, no obstante, esto es lo que debe incluir un contrato de alquiler:
- La información personal tanto del inquilino como del arrendador, incluyendo su DNI, correo electrónico y teléfono.
- Información de la vivienda, donde se incluiría además de la dirección, superficie, inscripción en el Registro de la Propiedad y número catastral, un inventario del mobiliario si existe.
- La duración del contrato, que en un principio se puede pactar, aunque la ley establece 5 años máximo, excepto si el arrendador es una persona jurídica, en cuyo caso se establecería un plazo de 7 años.
- El importe de la renta, así como la fecha y la forma en la que se va a establecer el pago. En este apartado se puede establecer si se va actualizar la anualidad, en cuyo caso no puede ser superior al IPC.
- El establecimiento de una fianza, que normalmente se fija en un mes de renta, así como si se establecen garantías adicionales a través de un aval bancario o personal.
- También es importante determinar la responsabilidad tanto del arrendador como del inquilino para las obras que puedan necesitar la casa, aunque lo establecido por ley es que las reparaciones que sean necesarias por el uso ordinario dependerán del inquilino y aquellas para las condiciones de habitabilidad dependerán del arrendador.